Posts Tagged ‘Denuncia ruidos’

Julio 2014 – La importancia de contar con un laboratorio especializado para las mediciones de ruido

julio 17, 2014

limonar40
Fuente: diariosur.es | Alvaro Frías @alvaro_frias

Absueltos. Así es como han quedado todas las personas procesadas por el caso de ruido en el restaurante Limonar 40, entre ellas las exconcejalas de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Málaga Araceli González y Patricia Martín. Acusadas de un supuesto delito de prevaricación omisiva, las exediles se enfrentaban a una petición de prisión de tres años de cárcel. Sin embargo, el titular del Juzgado de lo Penal número 11 de la capital no las ha encontrado culpables de los hechos por los que habían sido imputadas.

En concreto, desde la acusación particular, indicaron que, a pesar de la «infinidad de denuncias» presentadas ante el ente municipal y las llamadas a la Policía Local, y aunque se multó al establecimiento, éste nunca se llegó a cerrar ni a retirarle la licencia de apertura. Asimismo, continúa afirmando que las responsables de medio Ambiente no han desarrollado su labor de garantes, teniendo la potestad y la responsabilidad para hacerlo, por lo que afirma que habrían incurrido en el citado delito de prevaricación omisiva.

Son afirmaciones que no comparte el juez, quien argumenta que no hay constancia de que las imputadas, en su condición de exconcejalas, tuvieran conocimiento personal de las denuncias presentadas por las quejas sobre el ruido en el restaurante, en el que había celebraciones y eventos, amenizados con música, pese a que no tenía licencia para ello. Asimismo, el magistrado recoge actuaciones administrativas, como la de González que llegó a poner la sanción económica máxima que le permitían sus competencias, con independencia de las actuaciones de control del establecimiento que ejercía la Policía Local.

Pese a ello, la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, precisa que el Ayuntamiento no ha dado una respuesta adecuada a las denuncias, permitiendo la continuidad en el tiempo de la actividad de un establecimiento que carecía de permiso para actividades musicales y organizaba eventos con posible repercusión acústica, de la que estaba siendo alertado en reiteradas ocasiones. «Aunque deficiente, hubo una respuesta administrativa sancionadora», apunta el juez, quien califica la forma de proceder del Consistorio de «errática, tardía e insuficiente».

Otros tres imputados

Además de las dos exediles, en el proceso también se acusaba a la persona que gestiona el local, la responsable de la mercantil que explota el negocio y al administrador de la empresa titular de la licencia de apertura. Todos ellos también han sido absueltos de los cargos que se les imputaban, como son los supuestos delitos contra el medio ambiente y uno de lesiones imprudentes al principal procesado en este caso.

Y es que en la sentencia se estima que las mediciones acústicas que se realizaron no fueron objetivas. Asimismo, el juez recalca que éstas siempre se hicieron en el exterior de la vivienda y nunca en el interior con las ventanas cerradas.

El magistrado recoge en su resolución, que se puede recurrir, que la actividad del restaurante, sea o no permitida, resulta molesta para tres vecinos de la zona. Asegura que no hay constancia de otras personas en el vecindario que se sientan afectadas, por lo que el testimonio de los denunciantes resulta insuficiente. Además, insiste en que las relaciones de vecindad exigen la obligación de soportar las molestias que provengan del fundo colindante en lo que sean adecuadas en los usos.

Pese a que uno de los denunciantes dijo sufrir afecciones psíquicas, como ansiedad e insomnio, por lo que estuvo de baja y en tratamiento, la sentencia determina que esta situación se produjo por estrés laboral. El juez señala que no puede obviarse que los otros dos denunciantes, teniendo la misma exposición a la actividad del restaurante, no han padecido alteraciones dignas de consideración médica.

Marzo 2014 – 6 años de prisión por los ruidos que generaba la terraza de su bar

marzo 26, 2014

Fuente: José A. Cano | elmundo.es

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a seis años de cárcel y pagar una multa de 6.840 euros, más indemnizaciones de 6.000 euros para cada uno de los afectados, a un hostelero de Atarfe, Granada, por los ruidos que generaba la terraza de su bar y que provocaron en los vecinos cuadros de ansiedad e insomnio.

Así, el hostelero, J.M.B., ha sido condenado por un delito contra el medio ambiente a la pena de seis años de prisión más multa, y por cuatro faltas de lesiones a cada uno de los vecinos denunciantes a indemnizar a estos con 6.000 euros por cabeza, según recoge la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Granada a la que ha tenido acceso ELMUNDO.es.

J.M.B. era propietario del bar ‘Los Cazadores’, sito en la calle Gibraltar del municipio de Atarfe y que cumplía todos los requisitos legales, cuando en 2006 instaló una terraza de verano para lo que no pidió permiso y que mantenía abierta hasta altas horas de la madrugada saltándose todas las ordenanzas municipales al respecto.

En la terraza, el empresario instaló, al menos, dos televisores y una minicadena con altavoces, todos ellos sin los correspondientes limitadores acústicos que marca la ley, lo que provocó unas “inmisiones sonoras” superiores a las permitidas tanto conforme a la normativa andaluza como a las ordenanzas municipales de su localidad. Las mayores molestias las provocó a la familia denunciante, un matrimonio con dos hijas menores de edad en el momento de los hechos, y que residía en el edificio colidante.

Según se señala el escrito del tribunal, la música emitida por los aparatos instalados, las conversaciones y “demás ruidos” provocados por el funcionamiento de una terraza, perturbaron la “tranquilidad” y el “sosiego” de la familia, que no podía descansar “ni concentrarse en actividad alguna”.

Como consecuencia de esta situación, que se prolongó durante casi siete años, el vecino denunciante presenta ansiedad y necesita ansiolíticos para dormir, mientras que su mujer padece un trastorno ansioso depresivo reactivo e insomnio, además de migraña episódica, y sus dos hijas menores ansiedad y exacerbación de la migraña que padece una de ellas.

Técnicos de la Consejería de Medio Ambiente hicieron mediciones en marzo de 2011 constatando que el número de decibelios emitido por la terraza era superior a lo permitido, puesto que el límite se sitúa en 48 y la terraza nunca baja de 53 decibelios por noche.

El matrimonio presentó continuas quejas ante el Ayuntamiento de Atarfe, que acordó como medida cautelar el 12 de abril de 2011 el cierre de la terraza, pero J.M.B. no acató la orden municipal y mantuvo abierta la terraza. De hecho, solicitó los permisos y fue finalmente legalizada en marzo de 2012, después de estar un año cerrada legalmente, aunque funcionando a efectos prácticos.

Diciembre 2012 – El Ayuntamiento de Málaga inicia una campaña en contra de los bares que ponen música sin licencia

diciembre 12, 2012

El Área de Medio Ambiente ha detectado que una treintena de bares del Centro de la ciudad ejercen como si tuvieran la licencia de local con música sin poseer este permiso que concede el Ayuntamiento. Todo ello a raíz de la entrada en vigor del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) en agosto del año pasado, un documento que contempla la opción de locales «con ambientación musical», una figura no recogida en las normativas de ruido a nivel local y regional. El PGOU establece que pueden llegar a un nivel de emisión de hasta 90 decibelios, cuando una actividad es considera ruidosa a partir de los 80 decibelios por un decreto de la Junta de Andalucía que entró en vigor el pasado mes de marzo.

La figura contemplada en el nuevo Plan General ha provocado que muchos negocios de hostelería sin licencia para música ofrezcan un servicio como si la tuvieran, generando con ello una competencia desleal con el resto de establecimientos que sí tienen los permisos en regla, según ha informado esta mañana la concejala de Medio Ambiente, Ana Navarro, quien ha anunciado que el Ayuntamiento emprenderá una campaña para sancionar a estos locales en el caso de que no cumplan las condiciones que les son propias como lugares sin permiso de música. Esas condiciones son que el nivel de emisión sonora no podrá superar los 80 decibelios medidos a 1,5 metros de los altavoces, que la música no será el principal reclamo de la actividad comercial, que no se podrá organizar ni realizar un baile público, que no podrá haber persona alguna dedicada a pinchar música, que ésta no podrá trascender al exterior por puertas o ventanas y que está prohibida la instalación de equipos de reproducción sonora, televisores o actuaciones en vivo en las terrazas.

«Primero les haremos ver que están incumpliendo la norma para que rectifiquen y, en caso de que no lo hagan, abriremos los correspondientes expedientes sancionadores», ha expuesto Navarro quien, no obstante, ha reconocido que no será posible llevar a cabo este procedimiento hasta que pasen las fiestas navideñas. Con todo, ha apuntado que, a raíz de las denuncias de particulares, se ha dictado ya el precinto de algunos televisores o equipos de música de estos locales. Las multas, que solo se imponen en el caso de que los empresarios se resistan a cumplir las órdenes del Ayuntamiento trascurrido el plazo dado para ello, oscilan entre los 600 y los 6.000 euros o más. Las categorías de leve, grave o muy grave se establecen en función del número de decibelios que se superen respecto a lo permitido. En lo que va de año, la Policía Local ha recibido 517 denuncias por ruido, la mayor parte de ellas en los fines de semana y en horario nocturno, relacionadas por tanto con la actividad de la hostelería. No obstante, la mayor parte de ellas hacen alusión a la presencia de personas en la calle y no a que los locales incumplan con las medidas de insonorización que deben adoptar.

Noviembre 2012 – El supremo confirma una pena de 4 años de carcel al dueño de un pub por ruidos

noviembre 20, 2012

Fuente: 20minutos.es

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro años y seis meses de prisión dictada contra el propietario de un pub en Fraga (Huesca) por los daños físicos y psicológicos causados a un matrimonio a lo largo de cinco años debido a la intensidad del ruido generado en el establecimiento.

El fallo del alto tribunal ratifica en todos sus términos la sentencia dictada en 2010 por la Audiencia Provincial de Huesca, que consideró probado que entre 2003 y 2007, el acusado, José Luis F.M., hizo caso omiso de las órdenes municipales y no tomó medidas para reducir los ruidos hasta los límites legales.

El tribunal oscense fundamentó su condena tanto en los informes municipales como en los aportados por los médicos forenses, para quienes la exposición a una intensa contaminación acústica durante los fines de semana en un lapso de cinco años generó fatiga crónica, insomnio por estrés y ansiedad al matrimonio denunciante, que requirió tratamiento farmacológico.

En el caso de la mujer, los especialistas detectaron síntomas de neurastenia junto al estrés, que le dejaron como secuela un estado de ansiedad e insomnio permanente. El relato de hechos probados, que el Supremo ratifica en su resolución, refiere que el acusado no sólo eludió los continuos requerimientos municipales para que presentara un proyecto con el que reducir el ruido, sino que desatendió una prohibición para programar espectáculos en directo y una orden de suspensión cautelar de la actividad. La Audiencia de Huesca condenó al acusado a 4 años y 1 día de prisión por un delito medioambiental

La Audiencia de Huesca condenó al acusado a 4 años y 1 día de prisión por un delito medioambiental, a 6 meses por las lesiones sufridas por el matrimonio y al pago de 16.540 euros en concepto de indemnización a los afectados. En su resolución, el Tribunal Supremo rechaza los argumentos del representante de la defensa en su recurso y considera que en ningún momento se vulneraron derechos fundamentales de su cliente debido a un supuesta valoración incorrecta de la prueba.

«Abundantísimas pruebas»

Los magistrados rechazan el recurso al entender que la pretensión del letrado en su recurso es instar una valoración diferente de la prueba para «alcanzar conclusiones distintas de las contenidas de la sentencia». A pesar de descartar una nueva valoración de la prueba, el tribunal aprecia la existencia de una «abundantísima» prueba documental contra el acusado que evidencia tanto el incumplimiento de la normativa en materia de ruidos como su relación con las afecciones sufridas por los denunciantes.

Respecto a la condena acordada, el Supremo argumenta que la pena se impone en su grado superior cuando los hechos estén vinculados a una desobediencia de «órdenes expresas» de la autoridad administrativa. Admiten los magistrados que de la lectura de la sentencia de la Audiencia oscense se desprende la «ineficacia» de la administración a la hora de dar una respuesta inmediata a la petición de los denunciantes.

Advierten, sin embargo, que también pone de relieve la «persistencia» del recurrente ya que «desde el primer momento sabía que causaba molestias y probables perjuicios a unos ciudadanos al repercutir directamente y de forma muy negativa en su derecho a la salud física y psíquica y al descanso».

 

Julio 2012 – Cervezas Alhambra recurre su multa por ruidos y culpa al Ayuntamiento de Granada de una «negligente conducta urbanística»

julio 25, 2012

Fuente: EFE | Granada

La empresa Cervezas Alhambra ha recurrido la multa impuesta por la Consejería de Medio Ambiente por superar los límites de contaminación acústica en su planta de Granada y ha responsabilizado de la emisión a un «negligente» urbanismo, del que es competente el Ayuntamiento de la capital.
Según expone Cervezas Alhambra en el recurso de alzada presentado a la Junta, el posible incumplimiento de los umbrales de inmisión de ruidos de la fábrica tendría su origen en una «negligente conducta urbanística».
La empresa cervecera se ha considerado «una perjudicada más» por las «negligencias» urbanísticas cometidas en la ordenación de su plan parcial, hechos por los que ha solicitado a la Junta que suspenda la multa de 20.000 euros impuesta a Cervezas Alhambra y le permita continuar con sus trabajos.
La sección primera de la Audiencia Provincial de Granada consideró en mayo investigar los ruidos que genera la fábrica Cervezas Alhambra durante su producción, y que han sido denunciados en repetidas ocasiones por los vecinos del edificio de viviendas de protección oficial Artillería.
En el documento de recurso de alzada, la empresa ha considerado que la ordenación de los usos y edificaciones operada por el Ayuntamiento no ha sido correcta, por lo que se ha perjudicado a la fábrica.
Cervezas Alhambra ha considerado que la causa de la posible contaminación acústica responde a las modificaciones del PGOU aprobadas por el Ayuntamiento de Granada y que han permitido aproximar un nuevo bloque residencial a menos de seis metros de la antigua fábrica.
Según expone el recurso, la «incomprensible aproximación aprobada por el Ayuntamiento» es la causa del potencial incumplimiento de los valores máximos de ruido, algo que nada tiene que ver con la actividad fabril que desarrolla Cervezas Alhambra.
La empresa cervecera ha recalcado además que Cervezas Alhambra ha invertido desde 2010 cerca de 115.000 euros en implementar medidas dirigidas a mitigar el nivel de las emisiones de ruidos generados por la fábrica.

Mayo 2012 – Documentos y formularios de interés contra el ruido

mayo 11, 2012

La asesoría jurídica Soler Luque,  ha puesto a la disposición del gran público una serie de documentos y formularios de gran interés para el inicio de la queja o reclamación formal ante la administración competente para notificar situaciones de afección acústica.  Dichos documentos se encuentran en formato .doc y son una buena herramienta para empezar el trámite correspondiente y que se tomen las primeras medidas al respecto.

Se recomienda contar con el asesoramiento tanto técnico como jurídico de expertos en dichas áreas para que estos procedimientos se realicen de la forma más diligente.

También os dejamos con un vídeo colgado en su página web donde habla acerca del ruido del ocio nocturno en el centro de málaga.

Mayo 2012 – Vecinos de Puerto Paraíso y Puerto Sol de Estepona claman por ayuda ante los ruidos

mayo 8, 2012

Fuente: diariosur.es

Quieren conocer con exactitud los decibelios que se registran por la noche en la zona donde viven. Algunos vecinos de Puerto Paraíso y Puerto Sol han recurrido al Defensor del Pueblo Andaluz para quejarse de los ruidos provenientes de los bares del Puerto Deportivo que, según declaran, no les dejan dormir.
No es la primera vez que ciudadanos de estas urbanizaciones denuncian el problema. Desde la macrocomunidad de vecinos de Puerto Paraíso aseguraron que se repite año tras año, y que los afectados de sus bloques se han unido con los de la vecina urbanización de Puerto Sol para solicitar la intervención del Defensor del Pueblo. Quieren que éste inste al Ayuntamiento a que les entregue información sobre los decibelios que alcanzan los ruidos en la zona.
En este sentido, apuntaron que si el Consistorio no tuviese medios para registrar estos sonidos debería pedir una medición a la Junta de Andalucía. Según aseveraron, la Administración autonómica ya realizó pruebas de este tipo en años anteriores.
Los vecinos que han formulado esta petición aseguraron que años atrás se reunieron unos 300 afectados por los ruidos, y que después 26 de ellos iniciaron un proceso contencioso-administrativo para denunciar el problema.
Además, la macrocomunidad de vecinos Puerto Paraíso observó que el Defensor del Pueblo ya les ha prestado su apoyo en tres ocasiones. Explicó que la primera fue en 2009, cuando el organismo recordó al Ayuntamiento que tenía que exigir a los bares que cumpliese la normativa. Según las mismas fuentes, el año pasado también reconoció el derecho de las personas que sufren molestias a conocer los tipos de licencias de las que disponen los bares y se pronunció sobre la celebración de un festival de rock en el Puerto Deportivo.
Con esta nueva queja los vecinos pretenden que exista un control de la música dentro y fuera de los locales. Algunos opinaron que la intervención policial a veces no es suficiente porque los bares suben la música cuando los agentes se van, mientras otros consideraron que los ruidos han descendido últimamente a unos niveles «soportables» por la vigilancia existente.
Vigilancia policial
El Ayuntamiento destacó que desde la Delegación de Comercio y desde la Policía Local se procura que los establecimientos cumplan con la normativa y se controla su horario de cierre. Fuentes municipales expresaron que el Consistorio ya se ha reunido con los vecinos y que les concederá un listado de las sanciones interpuestas a los locales que no se ciñen a la ley, tal y como habían solicitado. «Desde la entrada del nuevo equipo de gobierno se realizan actas de inspección y se requiere a los dueños que cumplan la normativa», añadieron. Por ejemplo, el pasado fin de semana fueron denunciados cuatro establecimientos de ocio por no acatar las ordenanzas de ruido.

Mayo 2012 – Guerra al ruido en Carranque

mayo 4, 2012

Fuente: Laopiniondemalaga.es

La queja de un vecino fuerza la prohibición del uso de bocinas y demás instrumentos acústicos en el veterano complejo polideportivo

RAN EXTREMERALa batalla está abierta, pero con la actual legislación autonómica en materia de ruidos sólo cabe un bando derrotado: el de la afición que quiera emplear cualquier elemento acústico para animar a su equipo en las instalaciones polideportivas del Complejo de Carranque, en la capital malagueña. Lo de hace unos días fue lo más «sonado» entre los conjuntos que a diario emplean el pabellón para entrenarse o jugar sus partidos: los árbitros detenían un encuentro entre selecciones provinciales de balonmano porque las bocinas molestaban a un vecino.

Un testigo directo de lo ocurrido fue el director del Complejo Deportivo de Carranque, Rodrigo Molina, que en primera persona tuvo que hacer frente a las quejas posteriores de aficionados de provincias como Cádiz o Córdoba. «A alguien de fuera es muy difícil explicarle que no puede utilizar ni la bocina que trae ni los tambores de algún aficionado que sólo quiere animar a su equipo», explica.

Esta peculiar batalla contra los ruidos que se generan en Carranque comenzó hace un año. Uno de los técnicos consultados recuerda que una familia se trasladó a uno de los inmuebles colindantes y se quejó formalmente del sonido de las instalaciones durante los partidos ligueros: «En su denuncia se quejaban de que un familiar trabajaba de noche y no podía descansar a ciertas horas».

Dicha petición fue atendida en el Ayuntamiento y después de verificar, a través de los agentes de la Policía Local, que se excedían los límites de ruido por el uso de bocinas, se instalaron diversos carteles que prohíben la utilización de los elementos sonoros en el interior de Carranque.

Quitan una bocina del marcador. La situación es única. Tal y como señala Rodrigo Molina, la denuncia ciudadana incluso les ha obligado a eliminar una de las dos bocinas que forman parte del marcador oficial. De esta forma ya ha habido algún partido en el que se ha planteado alguna queja por el hecho de que los ánimos de aficionados y jugadores han impedido que se escuche con el suficiente volumen la finalización de un tiempo o cualquier otro aspecto del juego que viene marcado por la bocina de la mesa.

«Ya el colmo sería decirle a la gente que no grite», agrega Molina. El delegado provincial de la Federación Andaluza de Balonmano, Raúl Romero, manifiesta que la guerra abierta al ruido en Carranque tiene multitud de paradojas. «Cuando hace unos días se decretó la paralización del partido en juego, con selecciones provinciales disputando un torneo oficia de carácter andaluz, los árbitros exigían silencio absoluto para poder continuar». Y ante la queja, también ruidosa, por esta situación que nadie llegaba a entender, hasta se planteó la posibilidad de obligar a «desalojar» el pabellón cubierto de Carranque.

«Fue el colmo para muchos de los seguidores congregados, a los que es difícil de hacer entender lo ocurrido. La única solución es la instalación de pantallas acústicas alrededor de las instalaciones, pero es algo muy costoso», matiza Romero. Y lo peor de todo es que, mientras tanto, pueden volver a interrumpirse más partidos.

Como curiosidad, en el reseñado torneo, las aficiones acabaron ese día con una tamborada popular, a modo de protesta, frente a la vivienda del denunciante.

 

Diciembre 2011 – Piden 7 años y medio de cárcel a una pianista profesional por tocar en casa

diciembre 27, 2011

Entrevista de vídeo de la denunciada

Fuente: antena3.com

La Fiscalía de Girona ha pedido siete años y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación para ejercer de pianista a la intérprete y profesional Laia M. y a sus padres, por lo que se les acusa de un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica y otro de lesiones psíquicas a la denunciante, Sonia B., han confirmado fuentes judiciales.

La familia instaló en octubre de 2003 en su domicilio de Puigcerdà (Girona) un piano para que practicara Laia M., de 26 años, que estaba cursando estudios oficiales de música’.

Según la calificación fiscal, tocaba el instrumento a cinco días a la semana de 9 a 13 horas y de 14 a 18 horas, sin que la sala donde ensayaba estuviera insonorizada, de modo que superó «el nivel máximo de inmisión sonora» permitido por ley.

Su abogado, Marc Molins Raich, ha tachado la petición de la condena de «grave error técnico» porque, a su juicio, no se puede considerar el ruido de un piano como fuente de contaminación acústica lesiva del medio ambiente (que es uno de los delitos que se les imputan), como sería el caso del ruido de una discoteca o de un aeropuerto.

Además argumenta que este hecho no tendría que haberse criminalizado sino que, en el supuesto de que los hechos que atribuye la Fiscalía fueran ciertos, «tendrían que haberse enjuiciado, como máximo, por vía civil o administrativa».

«Hablaríamos de proporcionalidad (del delito con respecto a la pena) si el núcleo de la acusación fuera acertado pero no lo es. Es una injusticia», ha declarado Molins, quien ha asegurado que la acusación también representa una hostilidad hacia esta la que considera una joven promesa de la música catalana, que ha estudiado en el Conservatorio del Liceu de Barcelona.

Requerimientos desatendidos
Según el escrito del fiscal, después de que la vecina Sonia B. denunciara en marzo de 2006 a los acusados ante el Ayuntamiento de Puigcerdà, el consistorio visitó en cuatro ocasiones (entre marzo de 2006 y febrero de 2007) a la familia de la pianista para que insonorizaran en un plazo de 15 días la habitación del piano, unos requerimientos que fueron desatendidos.

A consecuencia del «ruido» del piano, la vecina pidió la baja laboral por lesiones psíquicas como ansiedad, alteraciones en el sueño y episodios de pánico, además de problemas de gestación en los últimos meses de embarazo, de manera que recibió terapia y tratamiento psiquiátrico.

Además de la pena de prisión por el delito contra el medio ambiente, la Fiscalía de Girona solicita una multa de 10.000 euros, y de 9.900 de indemnización a la víctima por sus 108 días de baja laboral.

Reacción de la fiscalía
La Fiscalía del TSJC ha querido matizar en un comunicado que la Fiscalía de Girona podrá modificar su escrito y atenuar su petición inicial (7 años y medio de prisión) si en el juicio se apreciara «una disminución de los efectos de la actividad molesta o una adopción de medidas correctoras eficaces». Asimismo, también estudiará un indulto parcial para los acusados si la sentencia condena a los acusados a unas penas de prisión «excesivamente rigurosas».

Diciembre 2011 – Piden 3 años de cárcel para el dueño de una discoteca de Marbella

diciembre 12, 2011

Fuente: José Antonio Sau | Laopiniondemalaga.es

La Fiscalía de Málaga pide tres años de cárcel, otros tantos de inhabilitación, una multa de 6.000 euros y una indemnización de 27.227 para el dueño de una céntrica discoteca marbellí, cuyas iniciales son J. F. A. G., por supuesto exceso de ruido afectando especialmente a Ignacio Rodrigo, vecino que habita en la plaza que acoge al local.

Según consta en la calificación de la Fiscalía, a la que tuvo acceso La Opinión de Málaga, «J. F. A. G., administrador de una mercantil dueña de la discoteca, en beneficio propio, y pese a las quejas, denuncias y sanciones, emite ruido nocturno que impide el descanso de la vecindad». Regenta el establecimiento desde 2002.

Agentes de la Policía Local han levantado hasta cinco actas de infracción al local, la primera el 8 de abril de 2008 por «tener música a alto volumen con las puertas abiertas». En dos ocasiones, siempre según la Fiscalía, se escuchaba la música a 40 metros del local a las 5.55 horas.
Al mismo tiempo, un técnico de Industria del Ayuntamiento informó en relación a «aislamientos acústicos e inexistencia de equipos limitadores-controladores acústicos, en varias fechas». El 7 de junio de 2006, lo hizo por carecer presuntamente «de limitador de volumen y tener las puertas abiertas proyectando ruido al exterior». En julio de 2009, «sigue sin cumplir con el aislamiento exterior», reseña el acusador.

El Ayuntamiento de Marbella, debido a ello, ha desplegado una intensa actividad: visitó la discoteca el 7 de junio de 2006, y hace una propuesta de resolución: por carecer de equipos limitadores-controladores acústicos y tener las puertas abiertas. El 28 de diciembre de 2007 insta a la mejora del aislamiento externo del local; el 18 de julio de 2008 incoa un procedimiento para clausurar preventivamente el local. El 14 de mayo de 2009, «lo sanciona y advierte de cierre temporal».

El acusado, dice el fiscal en su relato, «viene infringiendo reiteradamente la Ordenanza sobre Emisión y Recepción de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento». Esa norma sitúa en 28 decibelios el límite máximo de recepción de ruidos en un dormitorio, y exige un límite de 90 en la pista de baile. Es imprescindible un limitador cuando hay equipos de música de elevada potencia como en una discoteca.

«La actividad lucrativa del acusado afecta a las viviendas de un edificio cercano, y directamente al segundo piso de éste, donde reside el perjudicado junto a su esposa. Sufre dolencias que se han visto agravadas por la imposibilidad de reposar y descansar», aclara. Padece un trastorno depresivo ansioso de larga duración «compatible con estrés acústico».

Denuncia tras denuncia

El perjudicado ha denunciado los hechos desde 2007 hasta hoy. El 11 de mayo de 2010, una medición del Consistorio obtuvo la cifra de 33 decibelios en el dormitorio del perjudicado, tres más del límite permitido, siempre en palabras del fiscal, «porque el acusado, en ocho años, no ha adoptado las medidas para controlar o eliminar la emisión de ruido por encima de los límites soportables».

La Fiscalía acusa al encausado de un presunto delito contra el medio ambiente por emisión de ruido con riesgo grave para la salud de las personas.

 

 


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